Conoce las diferencias legales y los errores más comunes
Uno de los errores más frecuentes que encontramos en empresas y centros de todo tipo es pensar que un Plan de Emergencia y un Plan de Autoprotección son lo mismo.
No lo son. Y confundirlos puede tener consecuencias importantes.
En este artículo vamos a aclarar qué exige realmente la normativa, qué documentos sirven y cuáles no ante una inspección, y repasaremos casos reales de confusión en colegios, residencias y oficinas.
El origen de la confusión (y por qué es tan habitual)
Durante años, muchas organizaciones han trabajado únicamente con Planes de Emergencia internos, elaborados como parte de la prevención de riesgos laborales. Eso ha llevado a pensar que, con ese documento, la obligación está cubierta.
El problema es que la normativa actual va más allá. En determinados centros y actividades, el Plan de Emergencia no sustituye al Plan de Autoprotección, ni a nivel legal ni a nivel operativo.
¿Qué exige realmente la normativa?
La diferencia clave está en lo que establece el Real Decreto 393/2007, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección. De forma simplificada:
- El Plan de Emergencia es un documento interno, centrado en cómo actuar ante una emergencia.
- El Plan de Autoprotección (PAU) es un documento normativo, más amplio, obligatorio en determinados casos y con requisitos específicos.
Un Plan de Emergencia puede formar parte de un Plan de Autoprotección, pero no lo sustituye.
¿Qué sirve y qué no sirve ante una inspección?
Este es uno de los puntos más críticos.
❌ Lo que NO sirve
- Un Plan de Emergencia genérico.
- Un documento antiguo no adaptado a la normativa vigente.
- Un plan sin implantación ni formación.
- Un documento no registrado cuando la normativa lo exige.
✅ Lo que SÍ sirve
- Un Plan de Autoprotección conforme al RD 393/2007.
- Correctamente adaptado a la actividad y al edificio.
- Implantado, con personal formado.
- Revisado y mantenido.
- Registrado ante el organismo competente, cuando procede.
En una inspección, tener “algo” no es suficiente. Lo que se comprueba es si lo que se tiene cumple realmente la normativa.
Casos reales de confusión (muy habituales)
1. Colegios y centros educativos
Es muy frecuente encontrar colegios que disponen únicamente de un Plan de Emergencia escolar. Sin embargo, en función de la ocupación, el tipo de centro y la actividad, muchos están obligados a disponer de un Plan de Autoprotección completo.
2. Residencias de personas mayores
En residencias, el error es aún más delicado. En muchos casos existe un Plan de Emergencia básico, pero no un Plan de Autoprotección adaptado a personas con movilidad reducida o dependencia.
Aquí, la normativa exige:
- Organización específica de la evacuación.
- Protocolos adaptados.
- Formación continua del personal.
- Coordinación real con servicios externos.
Confundir ambos planes en este tipo de centros supone un riesgo legal y humano muy serio.
3. Oficinas y edificios administrativos
En oficinas, la confusión suele venir por pensar que el riesgo es bajo. Sin embargo:
- Edificios con varias plantas.
- Alta ocupación.
- Concurrencia de público.
- Actividades compartidas.
Todo ello puede implicar obligación de Plan de Autoprotección, aunque exista un Plan de Emergencia interno bien elaborado.
La clave: no es el nombre del documento, es el cumplimiento
Uno de los errores más comunes es centrarse en cómo se llama el documento y no en qué contiene y qué exige la normativa.
La pregunta correcta no es: “¿Tenemos un Plan de Emergencia?”
La pregunta correcta es: “¿Estamos cumpliendo con la obligación legal que nos aplica?”
¿Tienes claro cuál necesitas?
Si gestionas un colegio, una residencia, una oficina o cualquier actividad con presencia de personas, revisar la diferencia entre Plan de Emergencia y Plan de Autoprotección es fundamental.
En Prevencionas ayudamos a:
- Analizar tu caso concreto.
- Determinar qué exige la normativa.
- Corregir errores habituales.
- Adecuar la documentación a la realidad legal y operativa.
👉 Porque en autoprotección, la confusión no es solo un problema administrativo: puede convertirse en un problema real cuando ocurre una emergencia.